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Solicitud de pago único de la prestación por desempleo

Con carácter general para tener derecho al Pago único debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser beneficiario de una prestación por desempleo de nivel contributivo, por cese definitivo de la relación laboral.
  • Tener pendiente de percibir al menos tres meses de prestación.
  • No haber obtenido el reconocimiento del pago único de una prestación por desempleo, en cualquiera de las modalidades posibles, en los cuatro años anteriores.
  • La actividad económica que se pretenda realizar debe estar enmarcada en alguno de los ámbitos siguientes:
    • Constituyendo una cooperativa o incorporándose a una ya constituida, como socio trabajador o de trabajo y de carácter estable no temporal.
    • Constituyendo una sociedad laboral o incorporándose a una ya constituida como socio trabajador o de trabajo y de carácter estable no temporal.
    • Desarrollando una actividad como profesional liberal o como trabajador autónomo en cualquier régimen de la Seguridad Social.
  • Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la resolución de concesión del derecho, y en todo caso, con fecha posterior a la solicitud.

Si hubiera impugnado el cese de la relación laboral origen de la prestación por desempleo, la solicitud de pago único se debe presentar después de que se haya resuelto el procedimiento correspondiente.

Los trabajadores que perciban la prestación por desempleo en la modalidad de pago único no podrán volver a percibir prestación por desempleo hasta que no transcurra el tiempo igual al que capitalizó las prestaciones, ni solicitar una nueva capitalización al menos hasta que no transcurran cuatro años.

Obligaciones de los trabajadores:

  • Presentar ante la Entidad Gestora la documentación acreditativa del inicio de la actividad.
  • Justificar documentalmente que la cantidad percibida se destina a la aportación social obligatoria, en el caso de cooperativas o sociedades laborales, o a la inversión necesaria para desarrollar la actividad, en el caso de trabajadores autónomos, con o sin discapacidad. En caso contrario, supondrá el cobro indebido de la misma y procederá a su reintegro.

Para poder resolver la solicitud de pago único deberá anexar, al presentar la solicitud, la documentación que corresponda según la modalidad de pago único y actividad que pretenda iniciar.

En el caso de que pretenda constituir una cooperativa o sociedad laboral de nueva creación, o iniciar una actividad como trabajador autónomo, uno de los documentos que debe anexar es una memoria explicativa del proyecto de inversión a realizar y actividad a desarrollar. Por ello, le informamos del contenido mínimo que debe incluir en dicha memoria explicativa.

  • Datos personales.
    • Apellido y nombre.
    • Documento nacional de identidad o NIE.
  • Datos del proyecto.
    • Descripción de la actividad a desarrollar. (Servicios a prestar o bienes a producir, nueva actividad o actividad en funcionamiento…).
    • Domicilio, localidad y provincia donde se va a desarrollar la actividad.
    • Datos del local donde se va a realizar la actividad:
      • Indicar si tiene necesidad de él o no, para el desarrollo de la actividad.
      • Indicar si ya cuenta con el local o no y, en su caso, si es propiedad, si es a adquirir o si es a alquilar, y el coste de la compra o del alquiler.
      • También, en su caso, indicar la dirección del local.
    • Marco jurídico dentro del cual se va a desarrollar la actividad:
      • Cooperativa.
      • Sociedad laboral (anónima o de responsabilidad limitada).
      • Sociedad mercantil.
      • Trabajador autónomo.
      • Comunidad de bienes o sociedad civil irregular.
      • Profesional liberal de alta en el Colegio Profesional.
       

      En los supuestos de cooperativas o sociedades laborales, comunidades de bienes o sociedades civiles irregulares, se hará expresión de la identidad de los socios o comuneros que las integran.

    • Fecha prevista del comienzo de la actividad (aunque sea anterior a la resolución aprobatoria, siempre que sea con posterioridad a la fecha de solicitud).
  • Capital necesario total para el desarrollo de:
    • Importe de las aportaciones a la cooperativa incluyendo la cuota de ingreso.
    • Importe del desembolso necesario para la adquisición de acciones o participaciones de la sociedad laboral o mercantil.
    • Importe de la inversión prevista para realizar una actividad como trabajador autónomo.
    • Distribución prevista, de la inversión indicada:
      • Activos fijos (inmuebles, derechos de traspaso, maquinaria, elementos de transporte, equipos informáticos, otros).
      • Activo circulante (mercadería, materia prima, otros).
      • Gastos necesarios para el inicio de la actividad o de la constitución y puesta en funcionamiento de una entidad (cargas tributarias, gastos de colegiación, renting).
      • Hasta el 15% de los gastos por servicios de asesoramiento, formación e información.
      • Indicar si tiene prevista, o no, la contratación de trabajadores.
  • Forma de financiación.
    • Capital propio (ahorros, etc.).
    • Capital ajeno (aportación de familiares, amigos, subvenciones, etc.).
    • En el caso de créditos bancarios o de entidades financieras, se hará constar:
      • Importe total del crédito.
      • Tipo de interés.
      • Período de amortización.
      • Coste de amortización.
    • Capitalización (importe que pretende obtener en concepto de pago único, según las necesidades de inversión, la aportación obligatoria o el tope legal establecido para los trabajadores autónomos, en su caso.

No es necesario incluir en la memoria el contenido de los puntos 3 y 4 siguientes cuando se solicita el pago único exclusivamente para la subvención de cuotas de Seguridad Social.

Capitalización: Importe que pretende obtener en concepto de pago único según la aportación obligatoria establecida con carácter general en cada cooperativa, o el importe de la adquisición de acciones o participaciones del capital social en una sociedad laboral, en ambos casos, en lo necesario para acceder a la condición de socio o a la inversión necesaria para desarrollar la actividad en el caso de trabajadores autónomos con discapacidad.

El abono de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único podrá alcanzar hasta el 100% de su importe para sufragar la inversión necesaria para iniciar un trabajo por cuenta propia de forma autónoma o a través de una sociedad mercantil sobre la que posean el control efectivo.

Además de destinar la prestación en pago único a los gastos de constitución y puesta en funcionamiento de una entidad y al pago de las tasas y tributos, podrán destinar hasta el 15 por ciento de la cuantía de la prestación capitalizada al pago de servicios específicos de asesoramiento, formación e información relacionados con la actividad a emprender.

Le adjuntamos un modelo tipo orientativo de memoria explicativa para que lo utilice si lo desea:

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Memoria explicativa proyecto de inversión

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